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PIARULLI GRISELA JULIANA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL S/ AMPARO POR MORA

El actor promovió una acción de amparo por mora contra el Instituto de Previsión Social para que se dicte orden de pronto despacho en su trámite jubilatorio. El tribunal desestimó la acción, argumentando que no se configuró mora en el accionar de la Administración.

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Actor: Piarulli Grisela Juliana Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Amparo por mora en el trámite de su beneficio jubilatorio Decisión: Se desestima la acción de amparo por mora

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La finalidad de este instituto jurídico es sólo procurar el pronto despacho del obrar demorado. Dicha orden será procedente cuando se hubiere dejado vencer los plazos fijados y, en caso de no existir éstos, si hubiere transcurrido un plazo que excediese lo razonable." "La actora ingresó el trámite cuya mora alega con fecha 19/03/25, e interpuso demanda en fecha 25/06/25. [...] el organismo demandado ha obrado en forma diligente y ha tomado todas las medidas posibles para atender a los intereses del particular." "Los presupuestos que tornan viable la promoción del amparo por mora son la omisión en emitir la resolución o el acto de trámite o preparatorio, dentro de los plazos legales o razonables, es decir, ante la configuración objetiva de una situación de morosidad o inactividad formal del órgano, extremo que no se verifica en la especie."

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