DEFFERRARI CARLOS GUSTAVO C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO Y OTRO/A S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
El actor promovió demanda contencioso administrativa solicitando la inconstitucionalidad de artículos de la ley 15.008 y el reconocimiento de su derecho a la movilidad jubilatoria. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008, reconociendo el derecho del actor a que sus haberes previsionales se liquiden conforme al régimen anterior.
Actor: Carlos Gustavo Defferrari Demandado: Provincia de Buenos Aires; Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Inconstitucionalidad de artículos de la ley 15.008 y reconocimiento del derecho a la movilidad jubilatoria. Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y se reconoció el derecho del actor a que sus haberes previsionales se liquiden conforme al régimen anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 41 de la ley 15008... se muestra contraria a uno de los pilares básicos que sustentan el sistema previsional provincial, cual es la necesaria proporción que debe existir entre el haber de pasividad y el de actividad...". "El nuevo régimen de movilidad no se calcula conforme al cargo base ni tampoco con indicadores del régimen previsional local...". "La declaración de inconstitucionalidad de una ley o decreto constituye un acto de suma gravedad institucional...".
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