CALGARO, JUVENAL EDITO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE SU NIETA C.S.E. C/ OSER S/ ACCION DE AMPARO
El actor promovió una acción de amparo en representación de su nieta para obtener la cobertura integral de una cirugía urgente. El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos confirmó la sentencia de primera instancia, ordenando a la obra social a cumplir con la cobertura solicitada.
Actor: Juvenal Edito Calgaro, en representación de su nieta C.S.E. Demandado: Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (OSER). Objeto: Cobertura integral y urgente de una cirugía por un tumor intracerebral. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La conducta de la demandada configura la negativa manifiestamente ilegítima prevista por los arts. 1 y 2 de la Ley de Procedimientos Constitucionales, que incide de modo directo en la salud y en la vida de la afiliada." "La vulneración del derecho humano a la salud nace cuando se obliga a un sujeto a deambular por las dependencias públicas y/u ocurrir a la ayuda privada con el fin de lograr los recursos necesarios para obtener la asistencia adecuada a su enfermedad." "No se encuentra controvertida la afiliación de la nieta del amparista, como así tampoco su diagnóstico ni la necesidad de las prestaciones aquí reclamadas."
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