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J., H. R. C/ C., A. M. G. S/ INCIDENTE REDUCCION CUOTA ALIMENTARIA

La Sra. A. M. G. C. apeló la condena de costas impuesta en un incidente de reducción de cuota alimentaria. La Cámara de Apelaciones rechazó el recurso, argumentando que la imposición de costas fue adecuada dado el contexto del acuerdo conciliatorio alcanzado.

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¿Quién es el actor?

Sra. A. M. G. C.

¿A quién se demanda?

Sr. H. R. J.
- Objeto de la demanda: Impugnación de la condena de costas en un incidente de reducción de cuota alimentaria.
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por la Sra. A. M. G. C.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La imposición de costas por su orden decidida, es conforme al principio que rige cuando el juicio termina por transacción o conciliación... el convenio alcanzado, implicó admitir la pretensión del alimentante, enlazada con que el cambio del régimen de cuidado justificaba la reducción." "Haber eximido a la incidentada de parte de las costas ya contempló que el incidente versó sobre una cuota de alimentos." "Propongo entonces desestimar el recurso de apelación interpuesto, sin costas por la índole de la cuestión tratada."

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