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CENTURION YAMILA ISABEL S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)

La Sindicatura cumplió con lo ordenado en la sentencia de quiebra de YAMILA ISABEL CENTURION. El Tribunal rectificó la sentencia para que el cese de descuentos y embargos sobre los haberes de la fallida sea notificado al Servicio Penitenciario Bonaerense.

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Actor: NO ESPECIFICADO Demandado: YAMILA ISABEL CENTURION Objeto: Rectificación de la sentencia de quiebra. Decisión: Se hace lugar parcialmente a la solicitud de rectificación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Atento lo pedido y lo que surge de las constancias de autos, rectificase la sentencia de quiebra dictada con fecha 23/09/2025 en el sentido de que el cese de todos los descuentos que se efectúen sobre los haberes de la fallida YAMILA ISABEL CENTURION como así también el embargo sobre los mismos, deberá ser anoticiado al Servicio Penitenciario Bonaerense y no como allí se consignara." "A cuyo fin, expídase por Secretaría la documentación pertinente (arts. 34 inc. 4 y 36 inc. 3 del CPCC)."

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