BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. C/ LANDIN CARLOS EDUARDO S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)
El Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. promovió una acción de secuestro sobre un bien prendado. El Tribunal hizo lugar a la medida cautelar, ordenando el secuestro y la interdicción de salida del país del vehículo.
Actor: Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. Demandado: Carlos Eduardo Landin Objeto: Secuestro de un bien prendado (vehículo). Decisión: Se ordenó el secuestro del bien y la interdicción de salida del país.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Encontrándose comprendida la actora dentro de las personas jurídicas enumeradas en el art. 39 del dec. ley 15.348 ratificado por la ley 12.962 y sus modificatorias, corresponde decretar el secuestro del bien prendado." "Se faculta al Oficial de Justicia a requerir el auxilio de la fuerza pública, allanar domicilios, recurrir a un cerrajero y violentar cerraduras utilizando los servicios de un cerrajero." "El acreedor procederá a la venta de los objetos prendados, en la forma prevista por el art. 2229 del C.C.y C., debidamente anunciado con diez días de anticipación."
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