CHACRAS DE BS.AS . COMERCIALIZADORA DE TIERRAS S.A S/ CONCURSO PREV. S/ INCIDENTE DE REVISION PROMOVIDO POR EZCURRA PATRICIA ELENA .
Patricia Elena Ezcurra promovió un incidente de revisión en el concurso preventivo de Chacras del Paraná Club de Campo S.A. El Tribunal hizo lugar a la revisión, admitiendo la verificación de crédito para la escrituración de las Chacras N° 110 y Nº 111, considerando cumplidos los requisitos legales.
Actor: Patricia Elena Ezcurra Demandado: Chacras del Paraná Club de Campo S.A. Objeto: Revisión de la resolución que declaró inadmisible la obligación de escriturar las Chacras N° 110 y Nº 111. Decisión: Se hizo lugar a la revisión, admitiendo la verificación de crédito.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el mencionado auto verificatorio se desestimó la pretensión por cuanto los boletos base carecían de fecha cierta; criterio que he de variar en la presente instancia revisora, acogiendo el reclamo de escrituración." "Así las cosas, en tanto en los boletos base se hallan satisfechos los requisitos exigidos por el art. 1171 del C.C.C.N., de conformidad con el dictamen del Síndico, el allanamiento formulado por la concursada y la ausencia de cuestionamientos por parte de terceros, corresponde verificar el crédito consistente en la obligación de escriturar las Chacras N° 110 y Nº 111." "Costas en el orden causado, mientras que las de la Sindicatura correrán a cargo de la incidentista en orden a lo expuesto en los considerandos."
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