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ZAPATA ESTHER DEL CARMEN C/ SUCESORES DE BULFONE OTORINO Y MARIA EMMA ZATTERA S/ REINVINDICACION

Zapata Esther del Carmen promovió un incidente de excusación por la intervención del Dr. Pablo Nocetti en el proceso. El Tribunal resolvió hacer lugar a la excusación del juez por razones de decoro y delicadeza, garantizando la imparcialidad judicial.

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Actor: Zapata Esther del Carmen Demandado: Sucesores de Bulfone Otorrino y María Emma Zattera Objeto: Excusación del juez por motivos de imparcialidad Decisión: Se hace lugar a la excusación del juez

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La garantía de imparcialidad judicial constituye un principio esencial del debido proceso (art. 18 CN; arts. 8 CADH y 14 PIDCP), y exige no solo la ausencia de interés subjetivo del juez en la causa, sino también la apariencia de independencia frente a las partes." "Consideré que dicho profesional podría encontrarse incurso en delitos tipificados por el Código Penal... generando dudas objetivas sobre la imparcialidad con la que debo llevar adelante el proceso."

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