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T, S I c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

El actor promovió acción de amparo contra la Obra Social de Comisarios Navales y OSDE para mantener su afiliación al Plan 210 tras jubilarse. El Juzgado Civil y Comercial Federal 8 hizo lugar a la acción, reconociendo el derecho a la salud de la actora.

Amparo Salud Jubilacion Afiliacion Osocna Osde Derechos adquiridos Constitucion nacional Inssjp Decretos 292/95 y 492/95


¿Quién es el actor?

S.I.T.
- Demandados: Obra Social de Comisarios Navales (OSOCNA) y Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE)
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación al Plan 210 tras la jubilación y declarar la inconstitucionalidad de ciertos decretos.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a las demandadas mantener la afiliación de la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia de la beneficiaria al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para la ex trabajadora el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La aplicación de las normas invocadas conculca el derecho a la salud y los derechos adquiridos de la peticionaria amparados por la Constitución Nacional." "La decisión adoptada por las demandadas no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación."

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