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F, L. A Y OTRO c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD

Los actores interpusieron una acción de amparo contra OSDE para mantener su afiliación a la obra social tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 4 hizo lugar a la acción, ordenando a OSDE mantener la afiliación en las condiciones previas a la jubilación.

Amparo Salud Jubilacion Osde Afiliacion Derechos fundamentales Constitucion nacional Ley 23.660 Beneficiarios Medida cautelar


¿Quién es el actor?

Sra. F. L. A. y Sr. L. A. A. De J.

¿A quién se demanda?

Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE)
- Objeto de la demanda: Mantenimiento de la afiliación a la obra social OSDE tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se admite la acción de amparo y se ordena a OSDE mantener la afiliación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La vía elegida por la actora para la protección de sus derechos, resultó correcta y se ajusta a los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional, a fin de lograr una adecuada, rápida y eficaz protección de los derechos fundamentales implicados en el caso, como ser el derecho a la salud." "El carácter de beneficiario, otorgado en el inc. a) del art. 8 y en los incs. a) y b) del art. 9 de la ley, subsistirá mientras se mantenga el contrato de trabajo o la relación de empleo público y el trabajador o empleado reciba remuneración del empleador." "El hecho de jubilarse no implicaba la transferencia automática al PAMI, subsistiendo en el beneficiario la posibilidad de permanecer en la obra social a la cual pertenecía en ese momento."

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