BALDO, ADRIANA LUCRECIA c/ OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES (OSECAC) s/AMPARO LEY 16.986
Adriana Lucrecia Baldo interpone acción de amparo contra OSECAC para obtener su alta como afiliada y cobertura de salud. El Juzgado Federal de Victoria declara abstracto el amparo por la afiliación de la actora a la obra social.
- Quién demanda: Adriana Lucrecia Baldo
¿A quién se demanda?
Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Alta como afiliada y cobertura de salud
¿Qué se resolvió?
Se declara abstracto el amparo
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El amparo ha devenido abstracto por la afiliación de la amparista a la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC), conforme documental adjuntada con el informe circunstanciado." "La desaparición de la base fáctica jurídica de la pretensión produce que el proceso deje de tener efecto o causa, deviniendo abstracta." "Las costas deben ser impuestas a la demandada, ya que, pese a lo dispuesto por la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación, la accionada optó por tener una conducta reticente."
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