T. N. A. C/ C. D. R. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor T. N. A. apeló la medida cautelar decretada en su contra en un juicio por daños y perjuicios. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial revocó la medida cautelar, considerando que los aportes previsionales del perito son responsabilidad del profesional.
Actor: T. N. A. Demandado: C. D. R. Y OTROS Objeto: Revocación de medida cautelar en un juicio por daños y perjuicios. Decisión: Se revoca la medida cautelar decretada en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los aportes previsionales del perito ingeniero son a cargo de dicho profesional, según lo establecido en la ley 12490." "Se deberá aclarar que los aportes previsionales del perito ingeniero son a cargo de dicho profesional, conforme lo destacado precedentemente, no podemos más que receptar los agravios traídos por el recurrente." "Sin costas de alzada, atento a la índole de la cuestión (art. 68, 2"p del C.P.C.C.)."
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