O, M G c/ OSDE Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
La Sra. M. G. O. interpuso una acción de amparo contra OSDE y OSOCNA para mantener su afiliación a la obra social tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 4 hizo lugar a la acción, ordenando el restablecimiento de la afiliación y cobertura del Plan 2-310.
¿Quién es el actor?
M. G. O.
- Demandados: OSDE y OSOCNA
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación a la obra social tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando el restablecimiento de la afiliación y cobertura del Plan 2-310.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El amparo es un proceso sumamente simplificado en sus dimensiones temporales y formales, pues la finalidad fundamental de la pretensión que constituye su objeto consiste en reparar, con la mayor urgencia posible, la lesión de un derecho constitucional." "El carácter de beneficiario, otorgado en el inc. a) del art. 8 y en los incs. a) y b) del art. 9 de la ley, subsistirá mientras se mantenga el contrato de trabajo o la relación de empleo público." "El hecho de jubilarse no implicaba la transferencia automática al PAMI, subsistiendo en el beneficiario la posibilidad de permanecer en la obra social a la cual pertenecía en ese momento."
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