V., S. N. I. S/ESTAFA (IPP 03-04-2620-25) (J.G N°6)
El imputado Sandro Nicolás Ismael Valdez apeló la denegación de su excarcelación por el delito de estafa. La Cámara de Apelaciones revocó la decisión de primera instancia, permitiendo la excarcelación bajo caución real.
Actor: Defensa Oficial, Dra. Verónica Olindi Huespi Demandado: Valdez, Sandro Nicolás Ismael Objeto: Excarcelación del imputado Decisión: Se revoca la denegación de excarcelación y se concede bajo caución real.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La situación procesal del imputado no se ve desplazada del art. 169 del C.P.P., habida cuenta que los peligros procesales y perjuicios invocados por el A quo podrían neutralizarse mediante la imposición de una caución y condiciones." "La excarcelación deviene procedente, considerando que el hecho no se produjo con violencia y el imputado carece de antecedentes penales." "La importancia del daño resarcible y el grave perjuicio ocasionado a la víctima son factores a considerar para la fijación de la caución."
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