SGUERRA ALEJANDRA BEATRIZ C/ BANCO PROVINCIA DE NEUQUEN S/ DESPIDO
El actor demandó al Banco Provincia del Neuquén por despido y reclamó indemnizaciones. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad de un artículo y rechazó la demanda por despido indirecto, reconociendo la extinción del vínculo laboral por voluntad concurrente.
Actor: ALEJANDRA BEATRIZ SGUERRA Demandado: BANCO PROVINCIA DEL NEUQUÉN S.A. Objeto: Indemnización por despido. Decisión: Se rechazó la demanda por despido indirecto, reconociendo la extinción del vínculo laboral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La modalidad alegada por la demandada no fue tal, toda vez que resultó desvirtuada con la prueba producida en autos donde se logró acreditar la existencia de relación laboral entre las partes en los términos de los arts. 21 a 23, 50, 90 y concordantes de la LCT."
"En virtud de todo ello, juzgo que la modalidad alegada por la demandada no fue tal, toda vez que resultó desvirtuada con la prueba producida en autos donde se logró acreditar la existencia de relación laboral entre las partes en los términos de los arts. 21 a 23, 50, 90 y concordantes de la LCT."
"Por lo tanto, infringió la accionada la normativa laboral de aplicación incurriendo en 'fraude laboral' conforme lo denunciara la parte actora y quedara acreditado en los presentes, resultando -en su caso
- nulos los sucesivos y extensos contratos de prestación de servicios suscriptos con la actora, en los términos del art. 14 de la LCT."
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