FERREYRA CARLOS ALBERTO C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE SEGURIDAD S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
Carlos Alberto Ferreyra promovió demanda por el reconocimiento del derecho al cobro de licencias anuales no gozadas. El Tribunal hizo lugar a la pretensión, reconociendo el derecho del actor a percibir la compensación económica por los días de licencia no usufructuados.
Actor: Carlos Alberto Ferreyra
Demandado: Provincia de Buenos Aires
- Ministerio de Seguridad
Objeto: Reconocimiento del derecho al cobro de licencias anuales no gozadas
Decisión: Se hace lugar a la demanda, reconociendo el derecho al cobro de 45 días de licencias no gozadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las licencias anuales ordinarias deben cumplirse dentro del período anual que las genera, vencido éste, el agente perderá el derecho a gozarlas. Sin embargo, dicho precepto establece excepciones a este principio general, y ellas son aquellos casos en que la licencia haya sido suspendida por razones de servicio, enfermedad, duelo o accidente del agente." "En situaciones como la de autos en las que el derecho al goce se encontraba vigente, corresponde una compensación económica frente a la imposibilidad material de usufructuar los días no gozados." "El plazo para contar la prescripción comienza a correr a partir de la exigibilidad del derecho reclamado, es decir desde que ha nacido la acción en cabeza del actor para reclamar la compensación dineraria de las licencias." "No corresponde hacer lugar al argumento esgrimido por la accionada respecto a la aplicación del Decreto 387/2023, ya que los periodos solicitados para su reconocimiento son previos al dictado del mencionado decreto."
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