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RAYMUNDI PATRICIA DALMA C/ OLDONI FLORENCIA Y/O QUIEN SE ENCUENTRE OCUPANDO EL INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE TIERRA DEL FUEGO NRO. 611 / 87, IDENTIFICADO COMO UNIDAD FUNCIONAL N°8, ENTRE LAS CALLE ITUZAINGO Y AYACUCHO DE LA LOCALIDAD DE MAR DEL PLATA S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)

Patricia Dalma Raymundi promovió demanda de desalojo contra Florencia Oldoni por vencimiento de un comodato. El Tribunal hizo lugar a la demanda, ordenando la restitución del inmueble bajo apercibimiento de lanzamiento.

Desalojo Comodato Tenencia precaria Rebeldia Restitucion Propiedad Obligacion Inmueble Mar del plata Juzgado civil y comercial

Actor: Patricia Dalma Raymundi Demandado: Florencia Oldoni Objeto: Desalojo del inmueble ubicado en calle Tierra del Fuego N° 611 / 87, Unidad Funcional N°8. Decisión: Se hizo lugar a la demanda de desalojo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La acción de desalojo procede cuando el demandado está obligado a restituir el inmueble en virtud de una obligación nacida en un contrato, como la locación de cosa, del comodato...". "Ante el silencio operado de la demandada, sin que a la fecha exista planteo contradictor, se impone la obligación de restituir a la comodante...". "Se ha demostrado con creces el derecho que le asiste a la parte actora para rehacerse de la tenencia del bien inmueble de su propiedad...".

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