MUNICIPALIDAD DE ALMIRANTE BROWN C/ BRUZESI GRACIELA Y OTROS S/ ACCION REIVINDICATORIA
La Municipalidad de Almirante Brown promovió una acción reivindicatoria para recuperar un espacio público invadido por los demandados. El Tribunal hizo lugar a la demanda, ordenando el desalojo del área ocupada y la imposición de costas a los demandados.
¿Quién es el actor?
Municipalidad de Almirante Brown
- Demandados: Graciela Bruzesi; Alberto Luis Raffa; Gisela Cintia Cilia; Lorena Andrea Cilia; Miguel Ángel Cilia (herederos de Bruno Jesús Cilia)
- Objeto de la demanda: Recuperación de un espacio público de 13,02 m por 17,32 m en la calle Cervantes, Adrogué.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la demanda, ordenando el desalojo del espacio público.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El allanamiento formulado no reúne los requisitos necesarios para poner fin a la contienda, por la simple razón de que la demandada no entregó la posesión de la vía pública que se reclama (no es total) y mereció la interposición de la demanda (no es oportuno)." "La falta de contestación de la demanda permite tener por reconocidos los hechos pertinentes y lícitos alegados por la actora." "El reclamante es titular del derecho real de dominio reuniendo todos los recaudos legales (arts. 2247, 2252, 2255, y ccdantes del C.C.C.N y arts. 375 y 384 CPCC)."
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