JURADO, MARIA JACQUELINE Y OTROS S. HOMOLOGACION DE CONVENIO
El letrado J. M. B. N. interpuso un recurso de inaplicabilidad de ley contra la regulación de honorarios en un convenio homologado. El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos rechazó el recurso, argumentando que la decisión de la Cámara de Apelaciones fue razonable y ajustada a derecho.
Actor: J. M. B. N. Demandado: Sala Civil y Comercial de la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay. Objeto: Inaplicabilidad de la ley arancelaria respecto a la regulación de honorarios. Decisión: Se declaró improcedente el recurso de inaplicabilidad de ley.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La regulación de honorarios constituye en principio una cuestión de hecho ajena al recurso de inaplicabilidad de ley, pero resulta procedente cuando la regulación impugnada infringe normas objetivas de la ley arancelaria." "La aplicación de la pauta morigeradora prevista por el art. 1255 CCC resulta razonable y ajustada a derecho." "El acuerdo al que se arriba en el procedimiento de mediación no se limitó a la prestación de alimentos sino que también incluyó la cuestión referida al régimen comunicacional de los hijos."
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