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RODRIGUEZ DIEGO MARTIN Y OTRO/A C/ CORREA SALOMÓN NAHUEL S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. El Tribunal homologó el acuerdo alcanzado entre las partes y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes.

Incidente Danos y perjuicios Accidentes automovilisticos Homologacion de acuerdo Honorarios profesionales Mediacion prejudicial Proporcionalidad Justicia Ley 13.951 Codigo civil y comercial

Actor: RODRIGUEZ DIEGO MARTIN Y OTRO/A Demandado: CORREA SALOMÓN NAHUEL Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. Decisión: Se homologó el acuerdo entre las partes y se regularon los honorarios de los profesionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La transacción ha sido recepcionada por nuestro ordenamiento procesal vigente como un modo anormal de terminación del proceso (art. 308 del CPCC). [...] la naturaleza de los derechos debatidos en autos no resultan de orden público, siendo en consecuencia disponibles para las partes." "En consecuencia, entendiendo la infrascripta que la fijación de honorarios correspondientes a los mediadores prejudiciales establecida por ley 13.591 y dec. 2530/10 limita la facultad del magistrado de valorar en forma adecuada su labor, afectando la facultad propia y exclusiva del órgano jurisdiccional de establecer una retribución justa que contemple igual retribución por igual tarea." "Si la regulación (de honorarios), de acuerdo a las pautas que fija la ley arancelaria provincial, es excesiva e injustificadamente desproporcionada con la importancia de la tarea cumplida, tal exceso es o puede ser igual para cualquiera que deba pagarlo y frente a esta situación corresponde recurrir a la equidad."

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