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RODRIGUEZ JUAN LUJAN S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

El actor solicitó el beneficio de litigar sin gastos, pero la demandada acusó caducidad de instancia por inactividad. El Tribunal hizo lugar al acuse de caducidad, considerando que no se acreditaron actos impulsorios que interrumpieran el plazo.

Incidente Caducidad de instancia Beneficio de litigar sin gastos Inactividad procesal Costas Articulo 315 cpcc Articulo 310 cpcc Abandono del proceso Actos impulsorios Tribunal de primera instancia

Actor: Juan Luján Rodríguez Demandado: Dora Celia Desimone Objeto: Beneficio de litigar sin gastos Decisión: Se hace lugar al acuse de caducidad de instancia

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El instituto de la caducidad de la instancia tiene su fundamento en una presunción de abandono de la misma, que se evidencia a través de la inactividad de las partes... el desinterés debe traducirse en inactividad durante el lapso de caducidad." "No habiendo la accionante acreditado la realización de actos impulsorios que hayan interrumpido el nuevo plazo de caducidad transcurrido... corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el art.315 in fine del CPCC." "Las costas se imponen a la parte actora por resultar objetivamente vencida."

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