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CUEVAS LILIANA NOEMI Y OTRO/A C/ GARCETE DIEZ NELLY ROSANA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Los actores promovieron un incidente de homologación de acuerdo por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. El Tribunal homologó el acuerdo por la suma de $15.000.000, regulando además los honorarios de los profesionales intervinientes.

Incidente Homologacion Danos y perjuicios Acuerdo Honorarios Mediacion Proporcionalidad Accidentes automovilisticos Costas Ley 10.268

Actor: CUEVAS LILIANA NOEMI y otro/a Demandado: GARCETE DIEZ NELLY ROSANA y otros Objeto: Homologación de acuerdo por daños y perjuicios automovilísticos Decisión: Se homologó el acuerdo por $15.000.000 y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"HOMOLOGASE el mismo, en la suma de PESOS QUINCE MILLONES CON 0/100 ($15.000.000) con costas a cargo de la citada en garantía." "En cuanto a los honorarios del Mediador resulta necesario hacer la siguiente salvedad: al igual que en todos los casos de determinación de estipendios profesionales, no deben perderse de vista principios tales como el de una remuneración adecuada y justa y el de proporcionalidad." "Por todo lo expuesto estimo justo fijar los honorarios del Mediador interviniente Dr. PAULUK JOSE WALDEMAR en la suma equivalente a la cantidad de CANTIDAD DE SIETE IUS ARANCELARIOS (7 IUS ARANCELARIOS)."

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