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CEPEDA CLAUDIA GRISELDA S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)

El acreedor solicitó la declaración de quiebra de la deudora por cesación de pagos. El Tribunal rechazó la petición al no acreditarse los extremos legales exigidos, dado que la deudora cumplió con su obligación.

Quiebra Cesacion de pagos Incidente Ley 24.522 Solvencia Cumplimiento de obligaciones Credito exigible Costas Honorarios Tribunal

Actor: STELLA MARIS PEZZALI Demandado: CLAUDIA GRISELDA CEPEDA Objeto: Declaración de quiebra por cesación de pagos. Decisión: Se rechazó la solicitud de quiebra.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el acreedor peticionante ha solicitado la declaración de quiebra del deudor, fundando su pretensión en la existencia de un crédito exigible y en la supuesta cesación de pagos del mismo... no habiéndose acreditado los extremos legales que habilitan la apertura del estado falencial del deudor, corresponde rechazar la presente solicitud." "Que el simple incumplimiento singular del crédito reclamado, máxime cuando el mismo ha sido satisfecho en esta etapa preliminar del proceso, no configura por sí solo el estado de cesación de pagos exigido para la procedencia de la quiebra."

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