BANCO PIANO S.A. C/ CENTURION NAZARENA SOLANGE S/ COBRO EJECUTIVO
El Banco Piano S.A. promovió un cobro ejecutivo contra Centurión Nazarena Solange. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal de la parte actora, quien no cumplió con las intimaciones requeridas.
Actor: Banco Piano S.A. Demandado: Centurión Nazarena Solange Objeto: Cobro ejecutivo Decisión: Se decretó la caducidad de la instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La caducidad de la instancia se produce cuando no ha habido actividad de parte o providencia judicial que tenga por objeto impulsar el procedimiento... en el presente juicio el término aplicable es de tres (3) meses (art. 310 del CPCC)." "A su vez, de la compulsa de autos surge que en fecha 08/10/2025 se dispuso intimar de oficio a la parte actora... dicho traslado no fue contestado, sin perjuicio de encontrarse debidamente notificado." "Consecuentemente, habiéndose cumplido el plazo de caducidad, y teniendo en cuenta los argumentos expuestos en el considerando precedente, entiendo que no queda otro remedio que decretar la caducidad de la instancia (art. 310 y cc. del C.P.C.C)."
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