SANCOR CUL (TF 28946-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La actora solicitó la eximición del pago de la tasa de justicia alegando estar en concurso preventivo de acreedores. La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó la oposición y reiteró la intimación de pago, argumentando que no se encuadra en las exenciones previstas.
Actor: SANCOR CUL Demandado: DGA Objeto: Eximición del pago de la tasa de justicia Decisión: Se desestima la oposición a pagar la tasa de justicia y se reitera la intimación de pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La presentación en concurso preventivo de acreedores no se encuentra prevista como tal en el artículo 13 de la ley 23.898; como sí lo está, en cambio, en el artículo 9° de la ley 25.964 con relación a la tasa por actuaciones ante el Tribunal Fiscal de la Nación." "Tampoco puede obviarse que, a pesar de la fecha desde la cual manifiesta encontrarse concursada, la actora no solicitó en la oportunidad prevista en el artículo 78 del CPCCN un beneficio para litigar sin gastos ante esta Cámara."
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