ACOSTA, MARIA ELENA c/ ADAKA S.A. Y OTRO s/DESPIDO
María Elena Acosta demandó a Adaka S.A. y Quickfood S.A. por despido y cobro de indemnizaciones. El Juzgado Nacional de 1ra Instancia del Trabajo N° 74 hizo lugar a la demanda, considerando injustificado el despido y ordenando el pago de indemnizaciones.
Actor: María Elena Acosta Demandado: Adaka S.A. y Quickfood S.A. Objeto: Indemnizaciones por despido y otros rubros adeudados. Decisión: Se hizo lugar a la demanda, condenando a las demandadas al pago de indemnizaciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La demandada ADAKA S.A. no ha probado que se hubiere respetado el orden de antigüedad exigido por el art. 247 L.C.T. [...] la causal que fundamenta la reducción de la indemnización en los términos del art. 247 L.C.T. es la misma que prevé el art. 513 del Código Civil, lo que exige probar la imprevisibilidad, la inevitabilidad y la irresistibilidad del hecho por quien lo aduce." "La responsabilidad solidaria en los términos del art. 30 L.C.T. resulta de plena operatividad en el caso, en cuanto constituye un supuesto de contratación y subcontratación de 'actividad normal y específica'."
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