ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
Se resolvió la ejecución de una deuda fiscal contra la demandada, quien no opuso excepciones. El tribunal declaró expedita la ejecución, permitiendo a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero proceder hasta el pago total de la deuda.
Actor: Agencia de Recaudación y Control Aduanero Demandado: Demandada (no especificada) Objeto: Ejecución de una deuda fiscal Decisión: Se declara expedita la ejecución de la deuda
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239." "Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía." "Por ello y citas legales invocadas, RESUELVO: Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses."
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