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BRITO, RAUL EDUARDO JESUS c/ OBRA SOCIAL LUZ Y FUERZA CORDOBA s/PRESTACIONES MEDICAS

El actor promovió un incidente para regular honorarios y costas tras el fallecimiento del amparista. El Juzgado Federal de Córdoba 2 impuso las costas a la demandada y reguló los honorarios de los letrados intervinientes.

Incidente Prestaciones medicas Honorarios Costas Amparo Obra social Jurisprudencia Ley 16.986 Ley 27.423 Cobertura medica


¿Quién es el actor?

B.R.E.J.

¿A quién se demanda?

Obra Social Luz y Fuerza Córdoba
- Objeto de la demanda: Prestaciones médicas
- Decisión del tribunal: Se imponen las costas a la demandada y se regulan los honorarios de los letrados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, a los fines de establecer el régimen de costas, comparto la jurisprudencia que entiende que la mera circunstancia de que una cuestión litigiosa se torne abstracta no es un obstáculo para imponer las costas... resulta razonable que la accionada soporte los gastos causídicos (conf. art. 14 de la ley 16.986)..." "Haciendo aplicación de tales pautas, corresponde fijar los honorarios de la asistencia jurídica de la parte actora... en la cantidad de 20 UMA por todo concepto, lo que equivale a la suma de $ 1.544.580 a la fecha de la presente resolución..."

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