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PILMAN SA C/ ARRAIGADA, MARIA MONICA S/COBRO EJECUTIVO (INFOREC 911)

Pilman S.A. apeló la sentencia que fijó la mora a partir de la intimación de cobro. La Cámara modificó la fecha de cálculo de intereses y admitió la capitalización semestral, desestimando la inclusión de ingresos brutos sobre intereses.

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Actor: Pilman S.A. Demandado: María Mónica Arraigada Objeto: Cobro ejecutivo de un pagaré. Decisión: Se modifica parcialmente la sentencia apelada, fijando la fecha de cálculo de intereses y admitiendo la capitalización semestral.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los títulos de crédito se encuentran regulados por el decreto ley 5965/63, el cual establece en su art. 5 que cuando no se indique una fecha distinta, dichos accesorios sobre el capital correrán a partir de la fecha de la letra." "La cláusula especial inserta en el propio texto del pagaré que impone a cargo del ejecutado el pago del impuesto a los ingresos brutos, resulta contraria a la esencia de las relaciones cambiarias e incompatible con los principios fundamentales de los títulos de crédito." "Se desestima la inclusión del impuesto a los ingresos brutos sobre intereses, ya que la obligación analizada es de objeto ostensiblemente indeterminado."

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