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SANCHEZ MARIA EUGENIA C/ PALACIO GUSTAVO ENRIQUE S/ DESPIDO

María Eugenia Sánchez demandó a Gustavo Enrique Palacio por despido y reclamó indemnización. El Tribunal del Trabajo N° 2 condenó al demandado a abonar $1.170.325, actualizados, por la relación laboral no registrada y el despido indirecto.

Despido Indemnizacion Relacion laboral Inconstitucionalidad Registro laboral Multas Ley 24.013 Ley 25.323 Ley 25.345 Tribunal del trabajo

Actor: María Eugenia Sánchez Demandado: Gustavo Enrique Palacio Objeto: Indemnización por despido y regularización de la relación laboral Decisión: Se hace lugar a la demanda, condenando al demandado a pagar $1.170.325

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La falta de registración del contrato de trabajo, así como la falta de ingreso de los aportes y contribuciones a la seguridad social, y la persistencia de dichos actos de incumplimiento no obstante la oportuna intimación incoada por el trabajador, constituyen injuria suficiente para justificar la ruptura del contrato de trabajo (art. 242, Ley de Contrato de Trabajo)." "El registro laboral integra el paradigma del trabajo decente, forma parte de los derechos fundamentales en el mundo del trabajo reconocidos por la OIT y permite al trabajador ejercer su ciudadanía en la empresa." "La falta de registración total de la relación laboral habida entre las partes, resulta aplicable las disposiciones previstas por el art. 8 de la Ley 24.013."

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