P., L.M.c/ MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986
El Dr. L. M. P. promovió acción de amparo contra el Ministerio de Salud de la Nación por la falta de respuesta a su solicitud de renovación de inscripción en el registro REPROCANN. El Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia declaró la inconstitucionalidad de la normativa que exigía requisitos adicionales para la prescripción de cannabis medicinal.
¿Quién es el actor?
Dr. L. M. P.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Salud de la Nación
- Objeto de la demanda: Renovación de inscripción en el registro REPROCANN para uso medicinal de cannabis.
- Decisión del tribunal: Se declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la Resolución 800/2021 (modificado por la Resolución 3132/2024) y se ordena la renovación de la autorización.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El amparo es un proceso excepcional sólo utilizable en las delicadas y extremas situaciones en las que por carencia de otras vías aptas, peligra la salvaguarda de derechos fundamentales." "La exigencia de que la indicación médica de uso medicinal de cannabis sea emitida por un profesional que cuente con una diplomatura o maestría en la materia constituye una reglamentación irrazonable." "La modificación que realizó la Resolución 3132/2024 al art. 7 de la Resolución 800/2021 carece de razonabilidad porque introdujo una carga a los pacientes en tratamiento con cannabis medicinal que no se requiere a los pacientes de ningún otro medicamento."
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