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MIGDAL MARCOS RUBEN Y OTRO/A C/ DEVEZA LILIANA VIRGINIA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)

Se solicita la caducidad de instancia en un proceso civil por falta de impulso procesal. El Tribunal decreta la caducidad de instancia al no haberse realizado actividad procesal útil en los plazos establecidos.

Caducidad de instancia Impulso procesal Articulo 310 cpcc Articulo 315 cpcc Costas Proceso civil Falta de actividad Extincion de instancia Jurisdiccion Parte actora

Actor: Parte actora (no se menciona nombre específico). Demandado: No se menciona un demandado específico. Objeto: Caducidad de instancia por falta de impulso procesal. Decisión: Se decreta la caducidad de instancia y se imponen las costas a la parte actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La caducidad o perención de la instancia consiste en la conclusión o extinción de la instancia declarada por pedido de parte o decidida por el Juez ante la ausencia de impulso procesal durante los diversos plazos establecidos por la Ley según el estadio por el que transite el proceso." "La capacidad de disponer sobre los derechos se integra con la idea del impulso del proceso como carga de quien ha exhibido un interés en la declaración judicial de su derecho." "Una vez efectuada la primera intimación en los términos del Art. 315 de la misma, y ante el cumplimiento de un plazo similar sin que las partes realicen actividad procesal útil, debe decretarse la caducidad de instancia, ya sea a pedido de la parte o de oficio, sin que se requiera una nueva intimación en tal sentido."

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