M. R. E. C/ R. J. N. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido en 2019. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenando a los demandados al pago de $381.670 más intereses, al no acreditarse la culpa de la víctima.
Actor: R. E. M. Demandado: J. N. R.; Zerimar Construcciones; Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A. Objeto: Daños y perjuicios por un accidente de tránsito. Decisión: Se hace lugar a la demanda, condenando a los demandados al pago de $381.670 más intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Cabe señalar en primer término, que en la responsabilidad derivada de los accidentes de tránsito rige la responsabilidad objetiva que consagra el art. 1757 del Código Civil y Comercial de la Nación por tratarse de daños producidos por el riesgo de la cosa." "La parte demandada tiene el deber de acreditar los extremos por ella invocados. En consecuencia, en la medida que tal postura procesal implica innovar sobre aquella postulación originaria, al demandado correspondió la carga de acreditar los hechos que avalaren su postura." "Cabe agregar, entonces, que rige el principio enunciado por el art. 1757 del Código Civil y Comercial de la Nación, habida cuenta que no se ha demostrado la culpa del accionante alegada por la citada en garantía." "Establecida la responsabilidad del demandado, resta considerar ahora el alcance y procedencia de la indemnización, limitada a los reclamos efectuados, ello partiendo del principio de reparación plena de los daños."
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