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OLARTE, ALDANA BELEN c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

ALDANA BELEN OLARTE apeló la Disposición de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo que determinó que no poseía incapacidad tras un accidente in itinere. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 10 revocó dicha disposición, reconociendo una incapacidad psicofísica del 17,92% y estableciendo una indemnización.

Recurso de apelacion Incapacidad Indemnizacion Accidente in itinere Ley 24.557 Srt Pericia medica Trabajo Danos y perjuicios Responsabilidad


¿Quién es el actor?

ALDANA BELEN OLARTE

¿A quién se demanda?

GALENO ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reconocimiento de incapacidad y correspondiente indemnización por accidente in itinere.
- Decisión del tribunal: Se revoca la Disposición de la SRT y se reconoce una incapacidad del 17,92%, estableciendo una indemnización de $11.248.840,87.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La determinación de las secuelas derivadas del siniestro e incapacidad psicofísica determinada por el médico, resultan científicamente fundadas y acordes a lo establecido por el Baremo Decreto 659/96." "Las secuelas descriptas en el informe pericial son completamente atribuibles al infortunio sufrido (art. 386 y 477 CPCCN)." "En definitiva, analizados todos estos elementos a la luz de la sana crítica, concluyo que la Sra. Olarte padece como consecuencia del accidente in itinere sufrido una incapacidad psicofísica parcial y permanente del 17,92% de la T.O."

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