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IUDU COMPAÑIA FINANCIERA SA Y OTROS c/ BCRA (EX 253284/22 - SUM FIN 1609 - RESOL 430/23) s/ENTIDADES FINANCIERAS - LEY 21526 - ART 42

IUDU Compañía Financiera S.A. y sus directores apelaron la resolución del BCRA que impuso multas por el uso indebido del término 'banca digital'. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción, argumentando que generó confusión sobre la naturaleza de la entidad.

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Actor: IUDU Compañía Financiera S.A. y sus directores. Demandado: Banco Central de la República Argentina (BCRA). Objeto: Revisión de la resolución sancionatoria que impuso multas por el uso indebido del término "banca digital". Decisión: Se confirma la resolución del BCRA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La utilización del vocablo 'banca digital' por parte de IUDU podría generar confusión en los usuarios sobre la naturaleza de la entidad con la que operan. La infracción al artículo 19 de la Ley de Entidades Financieras se configura independientemente de la existencia de perjuicios concretos." "La buena fe alegada y la falta de intencionalidad no eximen de responsabilidad, dado que se trata de infracciones formales que no requieren la existencia de un resultado determinado."

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