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ZORN MARGARITA MARIA S/ DETERMINACIÓN DE LA CAPACIDAD JURÍDICA

Se solicita la determinación de la capacidad jurídica de Margarita María Zorn debido a su trastorno mental. El Tribunal reconoce la necesidad de asistencia en la toma de decisiones, designando a Mario Rubén Pintos como apoyo en su vida cotidiana y patrimonial.

Incidente Capacidad juridica Salud mental Asistencia Derechos humanos Trastorno distimico Designacion de apoyo Autonomia Proteccion de derechos Convencion sobre los derechos de las personas con discapacidad

Actor: María Horn de Zorn Demandado: Margarita María Zorn Objeto: Determinación de la capacidad jurídica de Margarita María Zorn Decisión: Se reconoce que Margarita María Zorn no se encuentra en ejercicio pleno de su personalidad jurídica y se designa a Mario Rubén Pintos como figura de apoyo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Margarita María Zorn, padece Trastorno Distímico (neurosis depresiva) lo que hace viable la acción impetrada por la misma y justifica la actuación de este Juzgado." "La capacidad jurídica se presume en toda circunstancia... esta presunción está en concordancia con la Ley n° 26.657 que establece en su artículo 5° que 'la existencia de diagnóstico en el campo de la salud mental no autoriza en ningún caso a presumir riesgo de daño o incapacidad.'" "Margarita María requerirá de la asistencia de su figura de apoyo
- Mario Rubén Pintos
- para realizar actos de disposición y gravar sus bienes... así como para celebrar contratos de consumo, testar, y realizar donaciones."

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