GOMEZ MARIA ANTONIA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se solicita la declaratoria de herederos de María Antonía Gómez tras su fallecimiento. El Tribunal declara a sus hijos como herederos universales, cumpliendo con los requisitos legales establecidos.
¿Quién es el actor?
No se menciona un actor específico.
¿A quién se demanda?
No se menciona un demandado específico.
- Objeto de la demanda: Solicitud de declaratoria de herederos tras el fallecimiento de María Antonía Gómez.
- Decisión del tribunal: Se declara a los hijos de la causante como herederos universales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por ello, de conformidad con lo solicitado, lo dictaminado por el Sr. Agente Fiscal y lo dispuesto por los artículos 2335, 2337, 2338, 2340, 2424, 2426, 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación, arts. 735 y 737 del Código adjetivo, RESUELVO: 1) Declarar que por el fallecimiento de MARIA ANTONIA GOMEZ, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Carlos Adrián Ferreyra, Romina Ayelen Ferreyra y Agustín Ezequiel Correas, en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales." "Que sin perjuicio de lo precedentemente resuelto, a efectos del debido conocimiento por parte de los interesados, y razones de celeridad, concentración y economía procesal, se impone enumerar los recaudos previos a ordenar la inscripción de la declaratoria de herederos en el registro que correspondiere..."
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