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BANCO PIANO S.A. C/ MOSQUEDA CABRERA RITA S/ COBRO EJECUTIVO

El Banco Piano S.A. promovió un incidente de caducidad de instancia por inacción procesal. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia al no haber actividad útil por parte de la actora en el plazo establecido.

Incidente Caducidad de instancia Inaccion procesal Cobro ejecutivo Plazo legal Impulso procesal Costas Notificacion automatizada Tribunal Articulo 310 cpcc

Actor: Banco Piano S.A. Demandado: Mosqueda Cabrera Rita Objeto: Cobro ejecutivo Decisión: Se decretó la caducidad de la instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La caducidad de la instancia se produce cuando no ha habido actividad de parte o providencia judicial que tenga por objeto impulsar el procedimiento... el término aplicable es de tres (3) meses (art. 310 del CPCC)." "Habiéndose cumplido el plazo de caducidad, y teniendo en cuenta los argumentos expuestos... no queda otro remedio que decretar la caducidad de la instancia (art. 310 y cc. del C.P.C.C)."

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