T. A. K.R. s/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD
El apelante solicitó la determinación de la capacidad en el marco de un proceso de incapacidad. La Cámara Civil confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que no se observaron vicios en el trámite y que la decisión se sustentó en las pruebas y el derecho aplicable.
Actor: T. A. K. R. Demandado: No especificado en el fallo. Objeto: Determinación de la capacidad. Decisión: Se confirma la sentencia dictada el 2 de junio de 2025.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Compulsadas las actuaciones a los fines previstos por los arts. 253 bis y 633, del ordenamiento adjetivo, no se observan vicios manifiestos en los trámites esenciales y la sentencia tiene sustento en las pruebas y el derecho aplicable." "Por ello y, de conformidad con lo dictaminado al respecto por la Representante del Ministerio Pupilar de Cámara, se confirma la sentencia dictada el 2 de junio de 2025."
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