I., N. M. c/ OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO s/AMPARO LEY 16.986
N. M. I. promovió acción de amparo contra OSECAC para obtener su afiliación. El Juzgado Federal de Bahía Blanca hizo lugar a la demanda, ordenando la afiliación del actor y condenando en costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
N. M. I.
¿A quién se demanda?
Obra Social de los Empleados de Comercio (OSECAC)
- Objeto de la demanda: Afiliación a la obra social
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando la afiliación del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los jueces no se encuentran obligados a seguir todas las alegaciones de las partes sino tan sólo aquéllas que sean conducentes para decidir el caso." "El amparo es el procedimiento judicial más simple y breve que permite tutelar real y verdaderamente derechos constitucionales." "La demandada no justificó el silencio guardado en la etapa administrativa frente a la carta documento remitida por la actora, lo que motivó la interposición de la presente." "La afiliación procedió una vez otorgada la medida cautelar, implicando el cumplimiento del objeto del proceso durante su tramitación."
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