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Recurso Queja Nº 1 - LUCENTINI, DIEGO ENRIQUE c/ PJN - JUZ TOC N 52 EX 69195/22 s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor interpuso un recurso de queja contra la denegación de prueba testimonial en un proceso por daños y perjuicios. La Cámara Contencioso Administrativa Federal desestimó la queja, argumentando que la resolución sobre producción de prueba es inapelable.

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¿Quién es el actor?

Diego Enrique Lucentini

¿A quién se demanda?

Poder Judicial de la Nación
- Objeto de la demanda: Denegación de prueba testimonial en un proceso por daños y perjuicios.
- Decisión del tribunal: Se desestima la queja presentada por el actor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El art. 379 del CPCCN establece que serán inapelables las resoluciones del juez sobre producción, denegación y sustanciación de las pruebas... la providencia impugnada implica —en última instancia— la denegación de la prueba testimonial ofrecida por la parte actora, cabe concluir que el recurso interpuesto estuvo bien denegado." "Sólo corresponderá a esta Alzada conocer sobre el mérito de sus objeciones en la oportunidad prevista para ello y en el eventual caso que fuera pertinente hacerlo, con motivo de la apelación de la sentencia definitiva."

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