C., E. A. c/ OSECAC s/AMPARO DE SALUD
El actor promovió un amparo de salud para que OSECAC cubra la internación de su hermana en una institución especializada. El Juzgado Civil y Comercial Federal 8 hizo lugar a la acción, ordenando la cobertura integral de la internación y los tratamientos necesarios.
¿Quién es el actor?
A.C. (en representación de E.A.C.)
¿A quién se demanda?
OSECAC
- Objeto de la demanda: Cobertura integral de internación y tratamientos médicos.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a OSECAC la cobertura solicitada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La acción de amparo resulta ser un proceso extremadamente simplificado en sus aspectos formales y temporales, dado que por esta vía se persigue reparar en forma urgente la lesión a un derecho de rango constitucional." "La falta de contestación en tiempo y forma por la demandada OSECAC del informe previsto en el art. 8 de la ley 16.986, hace aplicable a su respecto el art. 356 del CPCC." "La cobertura reclamada se encuentra prevista en la normativa aplicable, no es dudosa la procedencia de esta acción."
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