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S. L. E. C/ B. J. E. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL ( EXC. AUTOM. / ESTADO )

La actora promovió demanda por daños y perjuicios tras la condena penal del demandado por desobediencia y amenazas. La Cámara confirmó la indemnización por daño moral y psicológico, considerando ajustados los montos fijados en primera instancia.

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Actor: S., L. E. Demandado: B., J. E. Objeto: Reparación de daños y perjuicios por desobediencia y amenazas. Decisión: Se confirmaron los montos de indemnización fijados en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El art. 1776 del CCCN establece que la sentencia penal condenatoria produce efectos de cosa juzgada en el proceso civil respecto de la existencia del hecho principal que constituye el delito y de la culpa del condenado." "El juez fijó la indemnización en concepto de daño moral en $ 1.200.000.
- monto que ambas partes cuestionaron en uno y otro sentido." "La pericia concluyó que existía un trastorno de estrés postraumático crónico muy leve, generador de una incapacidad parcial y permanente de un 5%, confirmando la condena en tal sentido."

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