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GUICHON, LUCIO c/ OBRA SOCIAL UNIÓN PERSONAL DE LA UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN s/AMPARO LEY 16.986

Lucio Guichón promovió acción de amparo contra la Obra Social Unión Personal por la cobertura de un acompañante terapéutico. El juez hizo lugar parcialmente a la acción, reconociendo el derecho a la cobertura, pero aclarando que no se pueden reclamar prestaciones futuras inciertas.

Amparo Cobertura Acompanante terapeutico Prestaciones futuras Discapacidad Obra social Accion de amparo Derecho a la salud Recursos de apelacion Primera instancia


¿Quién es el actor?

Lucio Guichón

¿A quién se demanda?

Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación
- Objeto de la demanda: Cobertura de un acompañante terapéutico y prestaciones futuras para el tratamiento de la discapacidad.
- Decisión del tribunal: Se aclara la sentencia reconociendo la cobertura del acompañante terapéutico para 2024 y 2025, pero se desestima la solicitud de prestaciones futuras.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se revela la ausencia de un agravio concreto y actual lo que impide que prospere esta parte del reclamo, ello en tanto se trata de prestaciones que aun no han sido indicadas por el equipo tratante del Sr. Guichon, ni han sido lógicamente en consecuencia denegadas por la accionada." "Es improcedente reclamar por esta vía prestaciones inciertas y eventuales."

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