L., G.H. Y OTRO c/ ANDAR SALUD (O.S.V.V.R.A.) s/PRESTACIONES MEDICAS
Los demandados interpusieron un recurso de apelación contra la resolución que reguló honorarios en un proceso de prestaciones médicas. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba declaró desierto el recurso por desistimiento expreso de la parte demandada.
¿Quién es el actor?
G.H. L. y otro
¿A quién se demanda?
ANDAR SALUD (O.S.V.V.R.A.)
- Objeto de la demanda: Prestaciones médicas y regulación de honorarios.
- Decisión del tribunal: Se declara desierto el recurso de apelación por desistimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El día 4 de agosto de 2025 el doctor Franco Maximiliano Torti presentó escrito en el que manifiesta haber abonado los honorarios cuestionados y desiste del recurso impetrado." "El art. 304 del Código Procesal habilita a que las partes, en cualquier estado de la causa anterior a la sentencia, desistan del proceso manifestándolo por escrito al juez, quien sin mayor trámite debe declararlo extinguido."
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