O., O. O. c/ OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS DESPACHANTES DE ADUANA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
El actor promovió acción de amparo contra la Obra Social de Empleados de Despachantes de Aduana y OSPOCE para mantener su afiliación tras jubilarse. El Juzgado Civil y Comercial Federal 8 hizo lugar a la demanda, reconociendo el derecho a la salud del actor y su cónyuge.
¿Quién es el actor?
O.O.O.
- Demandados: Obra Social de Empleados de Despachantes de Aduana (OSEDA) y Obra Social del Personal del Organismo de Control Externo (OSPOCE).
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación del actor y su cónyuge en las mismas condiciones que antes de su jubilación.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a las demandadas mantener la afiliación del actor y su cónyuge.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El derecho cuya protección se persigue en autos, en tanto compromete la salud e integridad física del accionante, aparece reconocido por la Constitución Nacional." "La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La decisión adoptada por las demandadas no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativo."
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