CARBALLO, JUAN DANIEL c/ OBRA SOCIAL UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/COBRO DE SUMAS DE DINERO
El actor demandó a la Obra Social de la Unión Obrera Metalúrgica por el cobro de $40.800 en concepto de reintegro por gastos médicos. El tribunal hizo lugar a la demanda, reconociendo la obligación de la obra social de cubrir los gastos de salud del afiliado.
¿Quién es el actor?
J. D. C.
¿A quién se demanda?
Obra Social de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (OSUOMRA)
- Objeto de la demanda: Cobro de $40.800 por gastos médicos (prótesis y fisioterapia).
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la demanda y se condena a la OSUOMRA a pagar la suma reclamada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La relación jurídica que vincula a una obra social y al afiliado no deriva estrictamente de un contrato celebrado entre ambos, sino de la ley 23.660 que organiza una relación de derecho público." "La cobertura reclamada se encuentra prevista en la normativa aplicable, no es dudosa la procedencia de esta acción." "La carga de la prueba es una circunstancia de riesgo que consiste en que quien no acredita los hechos que debe demostrar pierde el pleito."
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