CAMPORA, MARIA ALEJANDRA TERESITA c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO DE SALUD
La actora promovió una acción de amparo contra la Obra Social Unión del Personal Civil de la Nación por la baja de cobertura en la Clínica San Camilo. El tribunal hizo lugar a la acción, ordenando la continuidad de la atención médica necesaria para la salud de la actora.
Actor: C.M.A.T. Demandado: Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación Objeto: Continuidad de la atención médica en la Clínica San Camilo tras la baja de cobertura. Decisión: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a la demandada garantizar la atención médica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La actitud de la demandada de privar a la amparista de la cobertura que hasta entonces gozaba... implicó un acto de arbitrariedad manifiesta que no puede ser tolerado de modo alguno." "El derecho a la salud, sobre todo si se trata de enfermedades graves, está íntimamente relacionado con el derecho a la vida..." "La modificación de la cartilla de prestadores... no podrá afectar la continuidad de tratamiento de las prácticas asistenciales en curso."
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