D.A., M. S. c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
El actor promovió amparo de salud para mantener su afiliación a la obra social tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 10 ordenó a las demandadas mantener la afiliación en las mismas condiciones previas a la jubilación, considerando la arbitrariedad de su negativa.
¿Quién es el actor?
M.S.D.A.
- Demandados: OSOCNA y OSDE
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación al Plan 310 tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se ordena a las demandadas mantener la afiliación de la actora en las mismas condiciones que tenía como trabajadora activa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La denegatoria por parte de las demandadas prescindió de la relación preexistente que vinculaba a OSOCNA y a OSDE con el actor, lo que comporta, con base en la normativa vigente, los presupuestos fácticos configurados y la jurisprudencia citada, una arbitraria restricción del pleno ejercicio del accionante de su derecho a la salud." "La decisión de las accionadas de privar al actor de las prestaciones médico asistenciales por modificarse la situación de trabajador activo a jubilado luce como ilegítima y arbitraria, en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional." "La creación del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados no importó un pase automático de los pasivos a ese organismo."
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