ORELLANA JUAN MANUEL C/ AGUIRRE EDUARDO DANIEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El demandado apeló la resolución que declaró la constitucionalidad de la ley 13.951 y el decreto 2530/10, cuestionando los honorarios fijados. La Cámara confirmó la resolución apelada, considerando que el planteo de inconstitucionalidad no era atendible.
Actor: Orellana Juan Manuel Demandado: Aguirre Eduardo Daniel; Otro/a Objeto: Inconstitucionalidad de la ley 13.951 y el decreto 2530/10, así como la regulación de honorarios. Decisión: Se confirmó la resolución apelada en cuanto a la constitucionalidad de la ley 13.951 y se declaró prematura la cuestión sobre el artículo 505 del Código Civil.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El planteo de inconstitucionalidad no resulta atendible... el artículo 1255 del Código Civil y Comercial se erige como la vía para... enmendar las regulaciones de honorarios que, eventualmente, se adviertan como manifiestamente desproporcionadas." "Consecuentemente, se desestiman los planteos analizados." "Las costas de la alzada se imponen al apelante vencido (artículo 68 del Código Procesal)."
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